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Consejo de Estado aplica principio de progresividad en reparación integral a víctimas de violencia



En los casos de reparación integral a las víctimas de la violencia, el principio de progresividad permite que las autoridades judiciales amplíen de manera gradual la reparación, si el agravio no cesa, sino que se repite de manera reiterada, indicó el Consejo de Estado.

Según el alto tribunal, entre fallo y fallo pueden presentarse diferencias en la manera de reparar y se pueden emitir sentencias posteriores que amplíen, de modo progresivo, la extensión de la reparación integral.

De esta manera, la aplicación del principio de progresividad impide que disminuya el nivel de protección conferido a los derechos constitucionales, explicó.

En sentido contrario, la regresividad tiene lugar cuando, ante la violación reiterada de derechos fundamentales, en circunstancias similares que agravian a un mismo grupo social, la autoridad judicial no amplía los términos de la reparación y se limita a repetir lo que ha decidido en otros fallos.

En el caso analizado, la Sección Tercera se acogió a los elementos desarrollados en la Resolución 60/147 del 21 de marzo del 2006 de la Asamblea General de las Naciones Unidas: la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición.

El alto tribunal también se pronunció sobre el papel de garante de quienes actúan a nombre de la autoridad estatal.

Al respecto, señaló que esta obligación se fundamentada en los artículos 2º, 6º, 13, 90, 93 y 95 de la Constitución, e incluye la responsabilidad de los agentes estatales y de terceros, cuando hay complicidad, participación u omisión.

De acuerdo con el alto tribunal, la posición de garante se predica de los integrantes de la fuerza pública, quienes están obligados a que sus acciones se ajusten a los postulados del Estado de derecho; respeten y hagan respetar los derechos constitucionales fundamentales, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, y se encaminen a preservar los bienes jurídicos que la Constitución y la ley ponen bajo su salvaguarda o tutela.

De esta manera, el Consejo declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación por el asesinato de un ciudadano, atribuido al grupo denominado Los 12 Apóstoles en aparente connivencia con agentes estatales.

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 05001232500019950120901 (21884), jun. 14/12 C. P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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